Recargos Según recoge el artículo 86 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, 1. Cuando el depósito de la fianza se efectúe fuera del plazo establecido pero antes del inicio de la actuación inspectora, se exigirá un recargo del 20% con exclusión de las sanciones que, en otro caso, hubieran podido exigirse pero no de los intereses de demora.
Estassanciones están estipuladas como “recargos por presentación extemporánea” y se aplican cuando un contribuyente presenta una autoliquidación tributaria de forma voluntaria, pero fuera de plazo. Si esto ocurre, se aplicará un recargo extra sobre el IVA a devolver en esa declaración, según los siguientes criterios:
LaLey 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se

Indemnizaciónde 7.000 euros por sanciones y recargos de un cliente cuyo pago asume RCRCR al ser considerados como errores atribuibles a la propia consultora. Recargo aplicado por la AEAT por presentación fuera de plazo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202). El recargo supuso la cantidad de 500 euros.

Lapresentación de una liquidación extemporánea siempre será objeto de sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria, dependiendo de si el resultado sea a ingresar o a devolver. Los recargos supondrán un importe adicional a pagar que se calcula sobre el importe declarado extemporáneamente, siendo por tanto, aplicables a los resultados a
Plazode presentación anterior al 1-julio-2005: sanción de 60,10 euros. Plazo de presentación posterior al 1-julio-2005: sanción de 200 euros. Sanciones por no atender a requerimientos. Si la Hacienda Foral se dirige a usted para que presente una declaración fuera de plazo, y no atiende al requerimiento, Hacienda le notificará el retraso
. 190 235 283 81 314 315 329 293 120

contabilizar recargo por presentación fuera de plazo